martes, 27 de noviembre de 2012

Carta del coronel García-Conde


Carta del coronel García-Conde: “¿Actuará la Fiscalía contra los mandos que en las juras de bandera pidan a cadetes o soldados defender la unidad de la Patria?”

 Hace unos días publicó usted en su periódico mi adhesión a las declaraciones del Coronel Alamán, que empecé en los términos siguientes:

«Como militar que juró, como soldado y como cadete, defender la unidad de España no puedo dejar de solidarizarme con las declaraciones de mis compañeros Francisco Alamán y Mariano Cañas.

Como hijo de quien siendo capitán pasó desde Ceuta a Algeciras, el 29 de julio de 1936, en hidroaviones, con su compañía de ametralladoras del 3º Tabor de Regulares de Larache, tampoco puedo dejar de hacerlo pues merecería su abominación desde el más allá.

Como español, además de militar, tengo que felicitar a mis dos compañeros por haberse expresado en la forma en que lo han hecho que es lo que todo militar español debe sentir en estos momentos.»

Hoy, ante la admisión por la Fiscalía de la denuncia contra el Coronel no puedo menos que recordar el juramento a la Bandera que tanto él como yo, y como tantos otros, hicimos en nuestra Academia General Militar:

El mando militar, Tte. Coronel: ¡Caballeros Cadetes! ¿Juráis a Dios y prometéis a España, besando con unción su bandera, respetar y obedecer siempre a vuestros Jefes, no abandonarles nunca, y derramar, si es preciso, hasta la última gota de vuestra sangre en defensa de la unidad, del honor e independencia de la Patria y del orden dentro de ella?

Cadetes: ¡Sí, lo juro!

El mando militar: Si así lo hacéis la Patria os lo agradecerá y premiará, y si no, mereceréis su desprecio y su castigo como hijos indignos de ella.

Sacerdote: Por obligación de mi sagrado ministerio ruego a Dios que a cada uno le ayude a cumplir lo que jura y si no se lo demande.

Este fue el juramento que hicimos al ingresar en la Academia General Militar (AGM), el que hicieron tantos otros españoles en la IPS, en la Academia de Suboficiales, en los cuarteles, etc. Que yo sepa jamás hemos recibido un escrito por el que se nos exima de aquél juramento, luego sigue vigente para todo militar que lo hubiese prestado, sea cual sea su situación y graduación hoy. En mi Promoción éramos 350. Multipliquen por el número de promociones y comprobarán, aún cuando hayan fallecido muchos, el número de militares, de Teniente General para abajo, retirados o no, y de españoles que han comprometido su honor en el cumplimiento de lo que juraron, y, por ello, piensan como el Coronel Alamán.

Desgraciadamente, a juzgar por algunos comentarios, hay algunos que, quizás asaltados por alguna enfermedad cerebral no diagnosticada todavía, no recuerdan bien que es lo que juraron defender y por ello les dan la razón a esa partida de antiespañoles que pretenden llevarse parte de España. Así que el Coronel Alamán y los que nos hemos adherido a su manifestación no hemos hecho otra cosa que sacar a relucir en estos momentos cruciales para nuestra Patria, aquél juramento que hicimos a Dios y a la Patria.

¿Qué es defender la unidad de la Patria? ¿Defender la unidad de lo que vaya quedando tras los desgajamientos que pueda sufrir por los que pretendan llevarse trozos de ella? ¿Y cómo se debe llevar a cabo esa defensa? ¿Qué el Ejército vaya por los bares o por los mercados para intentar convencer a los habitantes de las regiones españoles, invitándoles a una copa de vino, que la unidad es buena económicamente, que no sean bobos y que por ello no deben votar a favor de la independencia de esas regiones, a juzgar por algunos comentarios?

En aquel juramento no se nos exigió cumplir ni hacer cumplir ninguna Constitución, pues la unidad e independencia de la Patria no depende de una Constitución que puede cambiar, aún cuando pueda entenderse que guardar el orden dentro de ella es intervenir, cuando las Fuerzas de Seguridad se vean desbordas, para evitar un incumplimiento de las leyes vigentes por medios revolucionarios que impidan la seguridad ciudadana.

Pero es que la fórmula actual del juramento a la bandera incluye “…guardar y hacer guardar la Constitución…”. Y, como no podía ser menos, la Constitución tiene cuatro artículos que se han citado repetidas veces en la Revista pero parece que muchos comentaristas de los artículos en los que se trata de ello no se enteran, o tienen como misión no enterarse. Son los siguientes:

- Art. 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble Unidad de la Nación española, Patria común e indivisible de todos los españoles.

- Art. 8. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

-.Art. 30. 1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

- Art. 155. 1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Artículos estos en los que hay que fijarse al menos en dos aspectos:

1º.- No se dice que el Ejército tenga obligatoriamente que actuar, cuando la situación así lo exija, a las órdenes del Gobierno. Es lo ideal pero no lo obligatorio si el Gobierno no cumple con su deber.

2º.- La unidad e independencia de España no depende del número de personas que puedan solicitar el desgajamiento de una parte de ella; es algo que es indisoluble, no puede someterse a referéndum; algo que no pueden admitir el Gobierno ni los mandos y componentes del Ejército, ni volver la mirada para otro lado, so pena de cometer perjurio y hacerse reos de alta traición.

Como no soy experto en Justicia, no entiendo la razón de que decir que se está dispuesto a cumplir lo que se juró, si llegase la ocasión, puede ser indicio de delito o razón para arresto o apartamiento de su destino de un militar en activo. Esperemos, pues, a las razones que se esgrimen para justificar tal cosa.

En consecuencia, si se ha admitido a trámite por la Fiscalía la denuncia contra el Coronel Alamán será, según mi corto entender judicial, porque se presume indicios de delito en su declaración. ¿Es delito pues recordar aquello que solemnemente se juró? ¿Es que aquello fue un “charivari” que no tiene valor fuera de los muros del cuartel, algo que hay que olvidar cuando se sale del cuartel? ¿No valen ya los juramentos oficiales de ningún tipo y sacarlo a colación es constitutivo de delito? ¿Incurren en delito los que actualmente piden el juramento? ¿Actuará entonces la Fiscalía contra aquellos mandos que en las juras de bandera pidan a cadetes o soldados defender la unidad de la Patria?

Supongo que este artículo dará motivos para comentarios plagados de insultos de quienes o no les llega su capacidad para contestar con razones de peso o tienen como misión el insulto y la descalificación sin fundamento.

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